El derecho inmobiliario, es una rama del derecho que trata de las normas legales que se relacionan con el ámbito inmobiliario (vivienda, local, terreno o finca), tanto lo relativo al ciudadano con las Administraciones, o de los ciudadanos entre sí.
Este último caso es el de los arrendamientos urbanos y arrendamientos rústicos, desahucios de viviendas y locales de negocio, así como lo relacionado con expediente de dominio, o expedientes de tracto sucesivo, la compraventa de viviendas, los traspaso de local de negocio, así como de los contratos relacionados con estas actuaciones, tales como contratos de compraventa de inmuebles o de arrendamiento de viviendas, compraventa de terrenos, o incluso la multipropiedad o aprovechamiento por turno de bienes inmobiliarios, servidumbres, ocupación ilegal de fincas y viviendas por usurpación de la propiedad.
Con la resolución de este tipo de contratos y negocio jurídicos o en relación con el derecho de urbanismo, registradores de la propiedad, licencias urbanas, licencias de obras, licencias de construcción y denegación de las mismas, con las recursos correspondientes, recursos contra los administradores de fincas, o actas de disciplina urbanística y otras actuaciones registrales.
Se aprueban medidas extraordinarias y urgentes para la movilización de los parques de viviendas sometidos a procesos de ejecución hipotecaria con la finalidad de favorecer el interés y la función social de las mismas y para posibilitar que las familias residentes en ellas puedan permanecer en las mismas en régimen de alquiler.
La L Murcia 6/2015, de vivienda de la Región de Murcia, establece especialidades en materia de compraventa de vivienda en relación con la publicidad e información en dicho contrato y en cuanto al régimen de las cantidades anticipadas en la compraventa y sus garantías.
Con efectos desde el 11-5-2015 será posible la constitución de comunidades de bienes por Internet (CIRCE) mediante la utilización del Documento Único Electrónico.
La reducción del rendimiento neto del capital inmobiliario prevista para el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, no es aplicable cuando los rendimientos obtenidos son como consecuencia de la cesión de la explotación del inmueble a una entidad mercantil a la que se encarga la gestión de los alquileres del mismo.
La reducción del rendimiento neto del capital inmobiliario prevista para el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, no es aplicable cuando los rendimientos obtenidos son como consecuencia de la cesión de la explotación del inmueble a una entidad mercantil a la que se encarga la gestión de los alquileres del mismo.
Se modifica el IRPF en Navarra para rebajar la carga tributaria, actualizar las cuantías a reducir por circunstancias personales y familiares, y establecer medidas que faciliten la sucesión y continuidad en las empresas familiares.