Especialidades del ejercicio 2015

Con carácter general se prorrogan para el ejercicio 2015 las medidas temporales de la anterior normativa establecidas para obtener una mayor recaudación.

Empresas de reducida dimensión

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, el régimen fiscal especial de las entidades de reducida dimensión se sigue configurando sobre el importe neto de la cifra de negocios. Como principales novedades, destacamos la eliminación de la escala de tributación característica de estas entidades; la creación de la reserva de nivelación de bases imponibles negativas como mecanismo minorador de la tributación; y la supresión de la deducción por inversión de beneficios, que se sustituye por un nuevo incentivo denominado reserva de capitalización.

Determinación de la base liquidable

Desde el 1-1-2015 disminuye el límite máximo conjunto de reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social y desaparece la reducción por cuotas y aportaciones a partidos políticos.

Cuota íntegra autonómica

Desde el 1-1-2015 se minora la carga tributaria, reduciéndose paulatinamente los tipos de gravamen del ahorro.

Cuota íntegra estatal

Entre las medidas aprobadas en la reforma, destaca la nueva tarifa aplicable a la base liquidable general, en la que se reducen tanto el número de tramos, de los siete actuales a cinco, como los tipos marginales aplicables en los mismos. Posteriormente, para el ejercicio 2016, se efectúa una segunda rebaja de los tipos marginales, intensificándose la minoración de la carga tributaria.

Entidades sin fines lucrativos

A partir del 1-1-2015, se incrementan los porcentajes de deducción por donativos aplicable por las personas físicas. También se estimula la fidelización de las donaciones, realizadas tanto por personas físicas como por personas jurídicas, mediante incrementos adicionales de los porcentajes de deducción.

Reforma IS: régimen general

Se ha aprobado una nueva ley del IS que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.