Se modifican los modelos de declaraciones informativas en el IRPF

Se modifica el modelo 181, de declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles y el 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios

Novedades en el IRPF de Baleares

Desde el 1-1-2018, esta Comunidad Autónoma ha aprobado nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica y modificado algunas de las existentes hasta la fecha.

Novedades en el IRPF de Canarias

Con efectos desde el 1-1-2017, esta Comunidad Autónoma ha aprobado nuevas deducciones de la cuota autonómica y modificado algunas de las existentes.

Novedades en el IRPF de Galicia

Desde 1-1-2018 esta Comunidad Autónoma aprueba nuevas deducciones autonómicas tendentes a revitalizar y poner en valor los centros históricos; fomentar que los contribuyentes destinen una parte de su renta a la inversión en empresas agrarias, sociedades cooperativas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra, para dinamizar la actividad económica en el medio rural; y hacer efectivas las medidas aprobadas por decreto de ayudas para la reparación de los daños producidos por los incendios acontecidos en octubre del 2017.

Novedades en el IP de Galicia

Con el fin fomentar la rehabilitación de inmuebles situados en centros históricos y de promocionar el desarrollo del medio rural, se introducen desde el 1-1-2018 nuevas deducciones en el IP de Galicia. Asímismo, se incorpora una nueva deducción por creación de nuevas empresas o ampliación de la actividad de empresas de reciente creación, que viene a sustituir a la bonificación que hasta ahora se aplicaba en estos supuestos.

Araba: libros registro en el IVA

Se adapta el reglamento del impuesto al RIVA, que ha modificado la forma de llevar los libros registro y la información a proporcionar en los mismos, de forma particular a aquellos sujetos pasivos obligados a utilizar el sistema de SII.

Araba: régimen tributario de las herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del de un usufructo poderoso. IRPF

Se regula la tributación de las herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio del usufructo poderoso

Deducción por vivienda habitual en caso de cambio de préstamo hipotecario

Un contribuyente divorciado que ha venido practicando la deducción por inversión en vivienda habitual respecto de la vivienda en la que reside -cuyo uso y disfrute se le ha atribuido mediante convenio regulador- puede seguir aplicando la deducción por las cantidades que satisfaga por un nuevo préstamo que sustituye al anterior, en la parte que proporcionalmente se corresponda con el capital pendiente de amortización del primitivo préstamo que destinó a la adquisición de la parte indivisa de la vivienda, así como las que se correspondan, en igual proporción, con el incremento del principal motivado para cubrir los gastos de cancelación del préstamo precedente. También son deducibles, en la misma proporción, aquellos otros gastos derivados del cambio o sustitución del préstamo y que se correspondan con la referida parte indivisa.

Deducción por vivienda habitual en caso de cambio de préstamo hipotecario

Un contribuyente divorciado que ha venido practicando la deducción por inversión en vivienda habitual respecto de la vivienda en la que reside -cuyo uso y disfrute se le ha atribuido mediante convenio regulador- puede seguir aplicando la deducción por las cantidades que satisfaga por un nuevo préstamo que sustituye al anterior, en la parte que proporcionalmente se corresponda con el capital pendiente de amortización del primitivo préstamo que destinó a la adquisición de la parte indivisa de la vivienda, así como las que se correspondan, en igual proporción, con el incremento del principal motivado para cubrir los gastos de cancelación del préstamo precedente. También son deducibles, en la misma proporción, aquellos otros gastos derivados del cambio o sustitución del préstamo y que se correspondan con la referida parte indivisa.

Deducción por vivienda habitual en caso de cambio de préstamo hipotecario

Un contribuyente divorciado que ha venido practicando la deducción por inversión en vivienda habitual respecto de la vivienda en la que reside, cuyo uso y disfrute se le ha atribuido mediante convenio regulador por el que también se le obliga al pago íntegro del préstamo hipotecario que grava el inmueble, puede seguir aplicando la referida deducción por las cantidades que satisfaga por un nuevo préstamo que sustituirá al anterior, en la parte que proporcionalmente se corresponda con el capital pendiente de amortización del primitivo préstamo que destinó a la adquisición de la parte indivisa de la vivienda, así como las que se correspondan, en igual proporción, con el incremento del principal motivado para cubrir los gastos de cancelación del préstamo precedente. También son deducibles, en la misma proporción, aquellos otros gastos en los que pudiera haber incurrido y satisfecho con motivo del cambio o sustitución de dicho préstamo y que se correspondan con la referida parte indivisa.