La interposición de una reclamación económico-administrativa contra un acuerdo de imposición de sanción determina en todo caso la suspensión automática de su ejecución, ya sea la interposición anterior o posterior a la notificación de la providencia de apremio por falta de pago, ya se haya interpuesto el recurso en plazo o de forma extemporánea.
En los supuestos de retroacción de actuaciones, el plazo se computa desde que se recibe el expediente por el órgano inspector competente para ejecutar y no desde que se recibe por la ORT, que además carece de competencia para ejecutar.
Siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, el TEAC considera que la valoración de unos inmuebles realizada a efectos de TPO vincula a la Inspección en el IS.
A diferencia de la vía administrativa general, en la vía económico-administrativa es posible formular alegaciones que no se han formulado con carácter previo en el procedimiento de aplicación de los tributos.
Es adecuado el procedimiento de comprobación limitada para que la Administración requiera al obligado tributario la aportación de certificados de retenciones y pagos a cuenta relativos a la transmisión o reembolso de participaciones en IIC con el fin de contrastar datos.
Características de las áreas de intervención y clases: áreas de intervención en el medio urbano, áreas de rehabilitación integral, áreas de regeneración urbana de interés autonómico y núcleos rurales en estado de abandono.
No se puede modificar un acuerdo de alteración censal al que se ha llegado por un procedimiento de comprobación limitada con todas las garantías, a no ser que existan hechos nuevos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas a las realizadas y especificadas en el acuerdo.
No se puede modificar un acuerdo de alteración censal al que se ha llegado por un procedimiento de comprobación limitada con todas las garantías, a no ser que existan hechos nuevos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas a las realizadas y especificadas en el acuerdo.
La acumulación obligatoria de reclamaciones constituye un defecto invalidante solo en el caso en que la Administración no puede subsanarlo antes de agotar la vía revisora (económico-administrativa).
La acumulación obligatoria de reclamaciones constituye un defecto invalidante solo en el caso en que la Administración no puede subsanarlo antes de agotar la vía revisora (económico-administrativa).