Base imponible en el Régimen especial de grupo de entidades. (RF 35/20 25 de Agosto de 2020 al 31 de Agosto de 2020)

No haber soportado cuotas en la adquisición de los bienes supone que sus costes no tengan que ser tenidos en cuenta en la determinación de la base imponible. De igual forma, tampoco deben tenerse en cuenta si ha transcurrido por completo su periodo de regularización.

Retribución de residentes contratados por el Ministerio de Justicia o por CCAA con competencias en justicia (RS 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Los residentes contratados por el Ministerio de Justicia o por las Consejerías de las CCAA con competencias en justicia deben percibir su retribución conforme a lo establecido en la legislación que resulte aplicable, incluyendo la retribución por las guardias que realicen. En ningún caso la remuneración correspondiente a la jornada ordinaria puede ser inferior a la prevista en el RD 1146/2006 respecto del sueldo, complemento de grado de formación y pagas extraordinarias.

Disolución de un condominio a efectos del IIVTNU (RF 28/20 07 de Julio de 2020 al 13 de Julio de 2020)

La extinción de un condominio no supone una auténtica traslación del dominio, sino la especificación concreta e individualizada de las cuotas abstractas que los comuneros ostentaban previamente. Por tanto, no puede calificarse de compra la compensación en dinero de uno de los condominios a favor del otro, y no se puede tener en cuenta la escritura por la que extingue el condominio para añadir mayor valor económico al precio que se abonó por el inmueble.

Renovación tácita de un seguro colectivo (RF 28/20 07 de Julio de 2020 al 13 de Julio de 2020)

Las prestaciones de un seguro colectivo contratado antes de 2007 y renovado anualmente de forma tácita se pueden beneficiar de las reducciones del régimen transitorio.

Condonación de las rentas en un arrendamiento de local durante el estado de alarma (RF 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

La condonación de rentas en un arrendamiento de local cuando sea imposible durante la vigencia del estado de alarma desarrollar la actividad económica, no supone la existencia de un autoconsumo gravable.

Exención en el IVTM de vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad (RF 24/20 09 de Junio de 2020 al 15 de Junio de 2020)

Cuando la ordenanza fiscal no exige expresamente la aportación del certificado de discapacidad o resolución expedido por el IMSERSO o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, se considera suficientemente probado el requisito de la acreditación del grado de discapacidad mediante la aportación de alguno de los documentos a los que se refiere el RD 1414/2006 art.2.

Síndrome del túnel carpiano padecido por camarera de pisos (RS 23/20 02 de Junio de 2020 al 08 de Junio de 2020)

Las tareas propias y esenciales de la profesión de camarera de pisos implican movimientos con sobrecarga de muñeca con la intensidad y repetitividad necesarias para generar la patología del síndrome del túnel carpiano, por lo que es considerada enfermedad profesional.

Pérdida del régimen fiscal especial de las IIC (RF 23/20 02 de Junio de 2020 al 08 de Junio de 2020)

Cuando la CNMV ha adoptado un acuerdo de revocación y cancelación de la inscripción en su Registro de una IIC que ha dejado de presentar la cuentas anuales del ejercicio 2004 (cuyo plazo de presentación era el 30-4-2005), el periodo impositivo en que se dieron las circunstancias determinantes de la resolución de revocación, y al que hay que referir la no aplicación del régimen especial de tributación, es el 2005 y no el 2004.

Medidas en materia de procedimiento tributario en Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

Ante la situación generada por la evolución de COVID-19, se permite que, a través de las devoluciones tributarias reconocidas a favor de un contribuyente se puedan cancelar total o parcialmente las deudas que pueda tener otro contribuyente. Por otra parte, no se considera necesario retrasar hasta el último trimestre del 2020 la publicación del listado de deudores, por lo que esta se adelanta.