Fiscalización legítima del correo electrónico corporativo

Si existe una prohibición expresa de uso extralaboral del correo electrónico y la medida de comprobación utilizada por el empresario resulta justificada, idónea y necesaria, no existe violación del derecho a la intimidad ni del derecho al secreto de las comunicaciones.

llicitud de la video-vigilancia como medida de control empresarial

Las sanciones impuestas por incumplimiento de la jornada laboral basadas en las imágenes obtenidas por cámaras de video-vigilancia son nulas, si no cuentan con la previa información expresa a los trabajadores de esta finalidad de control de la actividad laboral.

Consecuencias del incumplimiento del pacto de permanencia

La celebración del pacto de permanencia limita sustancialmente la libertad de dimitir del trabajador quien, en su caso, debería resarcir a la empresa de los gastos ocasionados por la especialización profesional recibida.

Licitud del control empresarial sobre el uso del ordenador de la empresa

En relación al uso personal de los medios informáticos de la empresa, no se plantea conflicto de derechos entre el poder de dirección del empresario (ET art.20) y el de intimidad del trabajador (ET art.18) cuando hay una prohibición expresa y válida. Sin embargo, esta prohibición absoluta podría no ser válida si, por ejemplo, el convenio colectivo reconociese el derecho a un uso personal de ese uso.

Desarrollo de los derechos de formación para el empleo en la empresa

El derecho a la formación profesional para el empleo se matiza en cuanto al periodo de acumulación de las horas retribuídas concedidas a este efecto, que se amplía a cinco años, la posibilidad de realizar acciones formativas dentro de un plan desarrollado en la empresa y las competencias de la negociación colectiva.