Concepto de depósito fiscal (RF 27/21 06 de Julio de 2021 al 12 de Julio de 2021)

Con efectos a partir de 11-7-2021, el depósito fiscal se define como el establecimiento o la red de oleoductos o gaseoductos donde, en virtud de la autorización concedida y con cumplimiento de las condiciones y requisitos que se establezcan reglamentariamente, se almacenen, reciban, expidan y, en su caso, se transformen en régimen suspensivo productos objeto de los impuestos especiales de fabricación.