Comunicación de actuaciones al INSS y al ISM para evitar que el agresor sea beneficiario de prestaciones causadas por su víctima (RS 40/20 29 de Septiembre de 2020 al 05 de Octubre de 2020)
Desde el 30-9-2020 los Juzgados y Tribunales tienen la obligación de comunicar al INSS y al ISM cualquier resolución judicial, firme o no, de la que se deriven indicios racionales de comisión de un delito doloso de homicidio en que la víctima fuera ascendiente, descendiente, hermano, cónyuge o excónyuge del investigado, o estuviera o hubiese estado ligada a él por una relación de afectividad análoga a la conyugal. La finalidad de dichas comunicaciones es impedir al agresor la percepción de prestaciones de muerte y supervivencia, orfandad y a favor de familiares o de ingreso mínimo vital.