Modificación en la limitación a la deducibilidad de gastos financieros
Se modifican las excepciones a la aplicación de la limitación de gastos financieros deducibles y el cómputo del importe mínimo deducible de un millón de euros.
Se modifican las excepciones a la aplicación de la limitación de gastos financieros deducibles y el cómputo del importe mínimo deducible de un millón de euros.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2012 se limita con carácter general la deducibilidad de los gastos financieros netos al 30% del beneficio operativo del ejercicio.
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