Se impugnan determinados artículos de la LSCANA en relación con los derechos de los propietarios en suelo rústico, así como de los proyectos de interés insular o autonómico y la evaluación de impacto ambiental de proyectos que afectan a la Red Natura 2000.
Si bien el ejercicio de la profesión de ingeniero -industrial o químico- requiere titulación universitaria y colegiación obligatoria, que son, junto con el ejercicio en común de la actividad, los requisitos propios de una sociedad profesional, no existe norma alguna que atribuya en exclusiva a tales ingenieros el asesoramiento y la prestación de servicios técnicos en el sector eléctrico, medio ambiental, químico e industrial en general.