Pérdida por deterioro de participaciones en entidades vinculadas

Si la participación procede de la capitalización de un crédito, la pérdida por deterioro no es deducible, igual que no era deducible el deterioro del crédito del que procedía.

Deducibilidad de la pérdida por deterioro de participaciones en entidades vinculadas

Si la participación procede de la capitalización de un crédito, la pérdida por deterioro no es deducible, igual que no sería deducible el deterioro del crédito del que procede.

Tributación de las quitas

El ingreso derivado de la extinción de parte de la deuda en un procedimiento concursal se integra en la base imponible del ejercicio en el que tiene lugar la aprobación judicial del convenio en virtud del cual se reconoce dicha extinción, y no en función de los pagos que se vayan realizando.

Tributación de las quitas

El ingreso derivado de la extinción de parte de la deuda en un procedimiento concursal se integra en la base imponible del ejercicio en el que tiene lugar la aprobación judicial del convenio en virtud del cual se reconoce dicha extinción, y no en función de los pagos que se vayan realizando.

Medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas

Se modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos, con el objetivo fundamental de flexibilizar el mercado del alquiler y lograr la dinamización del mismo. La modificación afecta principalmente a los siguientes aspectos: el régimen jurídico aplicable, reforzando la libertad de pactos y dando prioridad a la voluntad de las partes; la duración del arrendamiento, reduciéndose de 5 a 3 años la prórroga obligatoria y de 3 a 1 la prórroga tácita; la recuperación del inmueble por el arrendador para destinarlo a vivienda permanente; y la previsión de que el arrendatario pueda desistir del contrato en cualquier momento, una vez transcurridos 6 meses.

Patrimonios públicos de suelo. Aragón

Estudio de los bienes, destino y enajenación de los bienes de los patrimonios públicos de suelo.

Costas

Modificación exhaustiva de la L 22/1988 para establecer un nuevo marco normativo que de a las relaciones jurídicas del litoral mayor seguridad jurídica.