Cambio de titularidad de vehículos con cuotas del IVTM impagadas (RF 26/21 29 de Junio de 2021 al 05 de Julio de 2021)

Para que la Jefatura Provincial de Tráfico tramite el cambio de titularidad administrativa de un vehículo, solo se exige al titular registral acreditar el pago del IVTM correspondiente al período impositivo del año anterior a aquel en que se realiza el trámite. La existencia de deudas tributarias por el IVTM correspondientes a otros períodos impositivos distintos, o del embargo del vehículo, no es un obstáculo para que la Jefatura Provincial de Tráfico admita el cambio de titularidad administrativa del vehículo.