Araba: beneficios fiscales. ITP y AJD

Se introducen nuevos supuestos de exención en el ITP y AJD; en concreto, las transmisiones que sean consecuencia del ejercicio del derecho de adquisición preferente en los arrendamientos de más de 40 años y las transmisiones a título oneroso del pleno dominio o del usufructo vitalicio del caserío y sus pertenecidos que se verifiquen a favor de parientes tronqueros.