Novedades en el ISD en Aragón
Se introducen mejoras y se reconocen nuevas reducciones y bonificaciones en el ISD en Aragón tanto en el caso de adquisiciones mortis causa como inter vivos.
Se introducen mejoras y se reconocen nuevas reducciones y bonificaciones en el ISD en Aragón tanto en el caso de adquisiciones mortis causa como inter vivos.
Se introducen mejoras y se reconocen nuevas reducciones y bonificaciones en el ISD en Aragón tanto en el caso de adquisiciones «mortis causa» como «inter vivos».
La base imponible del impuesto queda determinada en el momento de la cesión por la cantidad pendiente, junto con algunos otros conceptos establecidos.
En un seguro unit linked con duración de cinco años en el que se reconoce el derecho a rescates parciales a partir de su vencimiento, el derecho de rescate se integra inmediatamente en el patrimonio del asegurado, y el valor total constituye la base imponible en los primeros cinco ejercicios, minorándose en los siguientes en el porcentaje que haya sido rescatado de forma parcial.
En un seguro unit linked con duración de cinco años en el que se reconoce el derecho a rescates parciales a partir de su vencimiento, el derecho de rescate se integra inmediatamente en el patrimonio del asegurado, y el valor total constituye la base imponible en los primeros cinco ejercicios, minorándose en los siguientes en el porcentaje que haya sido rescatado de forma parcial.
El obligado tributario no está obligado a probar que el valor declarado se corresponde con el valor real y el valor consignado puede prevalecer sobre el valor presuntivo determinado por la Administración.
La adjudicación de los distintos bienes de los que son titulares los cónyuges casados en separación de bienes en el momento del divorcio puede producir varias convenciones sujetas a ITP y AJD.
A efectos de la determinación de la base imponible, no es admisible la utilización de valor asegurado que se corresponde con el valor de nuevo de la embarcación, que a la fecha del devengo tenía ya una antigüedad cuatro años, pues no se trataría del valor de mercado, sino el valor de reposición a nuevo.
El bien adquirido por herencia, tras ser enajenado, queda afecto al pago del ISD que grava la adquisición mortis causa de manera proporcional al valor que representa en la masa hereditaria.
Es válida la realización de un asiento resumen en el libro registro de facturas expedidas, siempre que estas se hayan expedido en la misma fecha, no sea preceptiva la identificación del destinatario, y el devengo de las operaciones que se pretende documentar se haya producido dentro de un mismo mes.
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