Con efectos a partir del 18-7-2019, se aprueba una nueva Orden por la que se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF. Como novedades, destaca la obligación de consignar el NIF de la contraparte de la operación en las anotaciones en los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos; así como la compatibilidad de estos libros como libro fiscal de los impuestos que así lo prevean y, en particular, del IVA, siempre que se efectúen las adiciones necesarias.
Aunque existan pagos parciales, la pérdida patrimonial derivada de la liquidación de un fondo de inversión se imputa al período impositivo en el que haya finalizado su proceso de liquidación.
El plazo establecido para atender el requerimiento de ampliación de información en una devolución a un no establecido, no es de caducidad, por lo que la información puede ser aportada en el recurso que se presente contra la denegación de la devolución solicitada.
El límite de las deducciones por acontecimientos de excepcional interés público será el 90% de las donaciones efectuadas al Consorcio u otras entidades encargadas de la realización de programas y actividades relacionadas con el acontecimiento a lo largo de toda la duración del programa, aunque este exceda de un año.
Un socio de una cooperativa de viviendas no puede incluir en la base de la deducción el importe del capital social no recuperado una vez disuelta y liquidada la cooperativa, que no incluyó en la base de la deducción del ejercicio en que realizó la aportación.
Una vez disuelta y liquidada la cooperativa de viviendas, el socio no puede incluir en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual el importe del capital social no recuperado a no incluyó en el ejercicio en que realizó la aportación.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se aprueba la orden ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.