La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 incrementa, a partir del 29-6-2017, las bases mínimas en este régimen especial y fija las bases y tipos en función de la edad que tenga el trabajador autónomo a fecha de 1-7-2017.
Fijación de la base y el tipo de cotización por cese de actividad durante 2017 de los trabajadores incluidos en el RETA así como la cotización durante la percepción de la prestación.
Se mantiene el mismo régimen que en el ejercicio anterior, incrementándose únicamente la cuantía del límite del importe cotizado a contingencias comunes para tener derecho a tal devolución.
Para tener derecho al percibo del incremento del 20% de la pensión de incapacidad permanente total es necesario que el pensionista cumpla con los requisitos establecidos legalmente para causar derecho a dicho incremento y que, además, tales requisitos sean acreditados por el pensionista.
En la actualidad, se sigue manteniendo como situación asimilada al alta, efectos de la prestación de maternidad, el período de 90 días posteriores a la baja en el RETA, ya que la regulación actual sobre tales prestaciones económicas no contempla las particularidades de los trabajadores de este régimen especial, siendo en consecuencia aplicable la jurisprudencia tradicional que así lo contemplaba.
Fijación de la base mínima de cotización durante 2017para los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2016 y de manera simultánea hayan tenido contratados trabajadores por cuenta ajena
La orden de cotización para 2017 fija las bases y tipos de cotización en este régimen especial, en función de la edad que tenga el trabajador autónomo a 1-1-2017.