Informe de auditoría con opinión denegada

En los casos en los que el auditor no pueda formar su opinión por la interacción entre múltiples incertidumbres que pueda tener un efecto conjunto muy significativo en las cuentas anuales auditadas o por la existencia de limitaciones al alcance de la auditoría de cuentas de importancia y magnitud muy significativas, puede emitir un informe de auditoría con una párrafo de opinión denegada, en el que se haga constar la imposibilidad de expresar una opinión sobre las cuentas anuales, adoptando la redacción prevista para estos supuestos en la ICAC Resol 19-1-91.

Valoración de acciones por el auditor de cuentas

La valoración de las participaciones sociales se atribuye a un auditor distinto al auditor de las cuentas anuales de la sociedad. El auditor designado por el registrador mercantil se va a encontrar con que las cuentas anuales que van a servir de base para realizar su trabajo de valoración se encuentran ya auditadas. En estos casos, el auditor debe determinar si realiza una nueva auditoría, o si puede apoyarse en el trabajo e informe de auditoría ya realizados por el otro auditor.