Aplicación de la reducción por irregularidad en el ejercicio de la abogacía (RF 18/21 04 de Mayo de 2021 al 10 de Mayo de 2021)

Los ingresos obtenidos por un abogado, en el ejercicio de su profesión, por su actuación de defensa procesal en un litigio cuya duración se extendió más de dos años, cuando se perciban de una sola vez o en varias en el mismo ejercicio, se consideran generados en un periodo superior a dos años a los efectos de acogerse a la reducción por irregularidad. La excepción en la aplicación de dicha reducción atendiendo a la regularidad o habitualidad de los rendimientos, ha de hacerse por referencia a los ingresos obtenidos por el sujeto pasivo y no por las características del sector o profesión de que se trate.

El Proyecto de Ley reguladora de la Jurisdicción social (PLRJS): principios básicos, marco competencial y esenciales innovaciones

Artículo publicado en Actum Social nº 52. Junio 2011 Fernando Salinas Molina Magistrado Sala IV Tribunal Supremo Ponencia de las octavas jornadas laborales organizadas por la AEAL (Zaragoza 12 y 13 Mayo 2011) ÍNDICEI.Introducción: del Anteproyecto al Proyecto de Ley […]

Beneficio de justicia gratuita en el proceso laboral. Cuestiones prácticas

Artículo publicado en Actum Social nº 48. Enero/Febrero 2011 Rosa María Virolés Piñol Magistrada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo. Especialista del Orden Jurisdiccional Social   ÍNDICE 1. Regulación legal de la asistencia jurídica gratuita. 2. Contenido material del […]