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Veguerías. Cataluña

La veguería se configura como un ente local con personalidad jurídica propia, determinado por una agrupación de municipios. Constituye el ámbito territorial específico para el ejercicio del gobierno intermunicipal de cooperación local.
Sin perjuicio de que ningún municipio ni comarca puedan quedar excluidos de la organización veguerial, cada municipio y comarca deben formar parte íntegramente de una veguería, salvo las excepciones que resulten de la propia legislación.
La demarcación veguerial comprende los siguientes municipios:

Demarcación veguerial
Municipios (de las comarcas)
LAlt Pirineu
LAlta Ribagorça, LAlt Urgell, La Cerdanya, El Pallars Jussà y El Pallars Sobirà
Barcelona
El Baix Llobregat, El Barcelonès, El Maresme, El Vallès Occidental y El Vallès Oriental
La Catalunya Central
El Bages, El Berguedà, Osona, El Moianès y El Solsonès, y los ocho municipios de LAlta Anoia: Calaf, Calonge de Segarra, Castellfollit de Riubregós, Els Prats de Rei, Pujalt, Sant Martí Sesgueioles, Sant Pere Sallavinera y Veciana
Girona
LAlt Empordà, El Baix Empordà, La Garrotxa, El Gironès, El Pla de lEstany, El Ripollès y La Selva
Lleida
Les Garrigues, La Noguera, El Pla dUrgell, La Segarra, El Segrià y LUrgell
El Camp de Tarragona
LAlt Camp, El Baix Camp, La Conca de Barberà, El Priorat y El Tarragonès
Les Terres de lEbre
El Baix Ebre, El Montsià, La Ribera dEbre y La Terra Alta
El Penedès
LAlt Penedès, El Baix Penedès, El Garraf y LAnoia, salvo los ocho municipios de LAlta Anoia que pertenecen a la Catalunya Central

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