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Tributos cedidos en Asturias

Con efectos desde 30-10-2014 ha entrado en vigor el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, regulando, en lo que afecta al ámbito inmobiliario:
– la escala autonómica del IRPF, que se mantiene sin cambios. Asimismo, siguen siendo de aplicación, con las mismas cuantías, límites y requisitos, las deducciones autonómicas relativas a: acogimiento no remunerado de mayores de 65 años; adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad o para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad; inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida; arrendamiento de vivienda habitual; y donación de fincas rústicas a favor del Principado;
– mantiene sin cambios la normativa relativa a los tipos de gravamen aplicables a la base liquidable para obtener la cuota íntegra; y la bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad en el Impuesto sobre Patrimonio.
– igualmente, se mantienen sin cambios las reducciones en la base imponible del ISD, la tarifa, los coeficientes de patrimonio preexistente y las bonificaciones de la cuota. En materia de gestión, tampoco varía la regulación de la presentación telemática de declaraciones, de las obligaciones formales de los notarios y de los registradores de la propiedad y mercantiles, ni de las obligaciones formales de las entidades que realicen subastas en relación con el ITP y AJD;
– por último, siguen siendo los mismos los tipos de gravamen aplicables en el ITP y AJD, tanto en la modalidad TPO como AJD del impuesto.

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