Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Seguro de plan de jubilación

El ISD grava como negocio inter vivos a título gratuito, en esencia, las percepciones de cantidades derivadas de todos los seguros de sobrevivencia siempre que el beneficiario no sea el contratante (si el beneficiario es el contratante tributan por IRPF). También se gravan en este impuesto las percepciones de cantidades derivadas de los seguros de fallecimiento cuando el beneficiario no sea el contratante y éste no sea, a su vez, el asegurado.
En el caso de un seguro de plan de jubilación renovable, se considera un negocio jurídico equiparable a la donación la adquisición gratuita e inter vivos del importe de la póliza por el beneficiario, hijo del tomador del seguro, estando obligado aquél, en cuanto donatario del importe, a presentar la correspondiente autoliquidación dentro de los plazos reglamentarios.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).