Se introducen las siguientes novedades en relación con la deducción por creación de empleo:
1. Requisito cuantitativo de salario que percibe el trabajador que computa para calcular el incremento del promedio de plantilla con contrato indefinido: el incremento del promedio de la plantilla debe corresponder a personas con contrato indefinido y con salario superior a 2,5 veces el SMI (anteriormente, su salario debía ser superior al SMI incrementado en un 70%).
2. Cuantía de la deducción: la deducción es de:
– 5.000 euros por cada persona-año del incremento medio de plantilla que sea mujer;
– 2.500 euros por cada persona-año del incremento de plantilla que sea hombre.
Si se mantiene el promedio de la plantilla total del ejercicio anterior, y se produce un incremento del promedio de la plantilla superior al incremento del promedio de la plantilla total de la entidad, se aplica una deducción de 2.000 euros y 1.000 euros, respectivamente, por la diferencia entre ambos incrementos.
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