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La contratación de profesoras y profesores asociados en las universidades debe ajustarse a las reglas generales (LO 6/2001 art.53).No obstante, se establece una excepción, únicamente por motivos justificados y con un ámbito temporal limitado al curso 2021-2022, que permite la renovación de dichos contratos sin que sea necesario acreditar por parte de la persona contratada el ejercicio de una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.RDL 11/2021 disp.adic.5ª, BOE 28-5-21
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