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Rehabilitación, regeneración y renovación urbana en Castilla y León

Con efectos desde el 19-10-2014, se modifica el marco normativo de Castilla y León con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y garantizar la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, estableciendo como ámbito preferente para las actuaciones de rehabilitación y mejora de la calidad de vida los espacios urbanos vulnerables -en su dimensión material y social-. Para alcanzar dicho objetivo, se regulan las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana y los instrumentos necesarios para su ejecución. Asimismo, se establecen medidas sobre sostenibilidad, coordinación y simplificación administrativa en materia de urbanismo.
Lo anterior implica la introducción de modificaciones en:
a) La L Castilla y León 10/1998, de ordenación del territorio, a fin de incorporar el mandato general de promover la regeneración urbana.
b) La L Castilla y León 5/1999, de urbanismo, que es objeto de una amplia modificación, incorporando un nuevo título VIII en el que se regulan las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana (L Castilla y León 5/1999 art.151 a 157 redacc L Castilla y León 7/2014). También se introducen modificaciones sobre el régimen de suelo, planeamiento urbanístico, gestión urbanística, intervención en el uso del suelo, intervención en el mercado de suelo, sostenibilidad, protección del medio ambiente, movilidad sostenible, eficiencia energética y energía renovables, accesibilidad, simplificación administrativa, que son objeto de estudio detallado en nº 200 s. Memento Urbanismo 2014.
c) La L Castilla y León 5/2009, del ruido, estableciendo previsiones especiales para las actuaciones de regeneración urbana.
d) La L Castilla y León 9/2010, del derecho a la vivienda, entre cuyas modificaciones cabe mencionar la fijación del plazo de un mes, desde la formalización del contrato, para el depósito de las fianzas de los arrendamientos urbanos a disposición del órgano de la Administración de la Comunidad que se determine reglamentariamente.
e) La L Castilla y León 10/2013, de medidas urgentes en materia de vivienda.

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