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Reglamento de cooperativas. Andalucía

El nuevo Reglamento dedica una subsección a la regulación de las cooperativas de vivienda, como una subespecie de las cooperativas de consumo. Concretamente, se desarrolla el régimen jurídico de los socios, el desarrollo por fases o promociones, la auditoría externa, el órgano de administración, las operaciones con terceras personas, la transmisión de derechos, el Registro de personas solicitantes de vivienda en régimen cooperativo -que debe ponerse en funcionamiento en un plazo no superior a 6 meses a partir del 24-9-2014-, la gestión externa y la disolución de la cooperativa.

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