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Puertos. Agencia pública de puertos de Andalucía.

La Agencia pública de puertos de Andalucía es una agencia pública empresarial cuyo objeto es la gestión, desarrollo y ejecución de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de puertos y áreas de transporte de mercancías.
Su actuación se ajusta a los siguientes principios:
– sometimiento a criterios de interés público, rentabilidad social y calidad del servicio de acuerdo con los principios de instrumentalidad, coordinación y cooperación interadministrativas, así como participación de la iniciativa privada;
– cumplimiento de sus objetivos, funciones y desarrollo de su actividad de acuerdo con los principios de organización, actuación y atención a la ciudadanía;
– remoción efectiva de los obstáculos para las personas con especiales dificultades de inserción laboral debido a específicas discapacidades; y
– vinculación efectiva con la responsabilidad social corporativa fijando objetivos y adoptando acciones relacionadas con la sostenibilidad económica, social y ambiental, mediante la incorporación de instrumentos de planificación que establezcan medidas tendentes a la sostenibilidad de la gestión.
Sus funciones son:

Materia portuaria
– organización y gestión, funcional y económicamente integradas, del conjunto de puertos e instalaciones de Andalucía, incluyendo el dominio público y los servicios portuarios, así como la gestión de los títulos traspasados relacionados con la actividad portuaria en materia de gestión del litoral, en condiciones de seguridad, eficacia, eficiencia y economía;
– desarrollo detallado y ejecución de la política y planificación general portuaria, en todo lo relativo al proyecto, construcción, conservación y explotación de obras y servicios de los puertos de Andalucía;
– apoyo y fomento del desarrollo y mejora de las actividades relacionadas con el tráfico portuario;
– coordinación y enlace de los transportes marítimos y terrestres en el ámbito físico de los propios puertos;
– cooperación y coordinación con las Administraciones públicas, entidades públicas y privadas, y particulares, cuyas competencias o actividades tengan incidencia portuaria, o sean de interés para la mejor gestión del sistema portuario, bajo las directrices de la Consejería de adscripción; y
– cualesquiera otras en materia portuaria que le vengan atribuidas por una disposición normativa.
Materia de áreas de transporte de mercancías
– tareas técnicas, económicas y administrativas que se deriven de la planificación, fomento, desarrollo y control de la red andaluza de áreas de transporte de mercancía;
– promoción de la intermodalidad del sistema de transportes potenciando los nodos logísticos de transportes;
– cooperación y coordinación entre Administraciones públicas, entidades públicas y privadas, y particulares, cuyas competencias o actividades tengan incidencia en el ámbito de las áreas de transportes de mercancías;
– coordinación de la gestión económica y financiera;
– promoción de la integración de las áreas de transporte de mercancías en el ámbito de la Comunidad Autónoma, articulándola con las existentes a nivel nacional e internacional;
– emisión de informe preceptivo y no vinculante sobre instrumentos de planeamiento urbanístico o planificación territorial que afecte al ámbito de un centro de transporte de mercancías existente o que haya iniciado su tramitación;
– gestionar la incorporación de los suelos necesarios para los centros de transportes de mercancías;
– aprobar los reglamentos de régimen interior de cada área de transporte de mercancías; y
– cualesquiera otras que se le asignen legalmente.

A su vez a la Agencia le corresponden las funciones relacionadas con la salvaguarda de los intereses generales, las vinculadas a expedientes de recuperación de oficio del dominio público y de reclamaciones de responsabilidad patrimonial y la obligación de cooperar con la Consejería a la que esté adscrita en relación con la formulación y seguimiento de la planificación portuaria y de las áreas de transporte de mercancías.
La Agencia debe cooperar con los municipios para la adecuada ordenación urbanística de las áreas de transporte de mercancías de titularidad de la Comunidad Autónoma, ya sean estas gestionadas directamente o mediante concesión, a cuyos efectos puede formular y elevar ante las entidades y órganos competentes para su tramitación y aprobación el planeamiento de dichas zonas.

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