El pleito de origen versaba sobre un holandés, residente en los Países Bajos perceptor de prestaciones de desempleo que es autorizado a exportar a Suiza (Estado dónde se aplican los Reglamentos) por un período de 3 meses, durante el cual pretende buscar trabajo. Días antes de que terminase tal exportación, el desempleado solicitó su ampliación por 3 meses más tal y como prevé excepcionalmente el (Rgto CE/883/2004 art.64.1.c). El tribunal de instancia sólo entendió que la resolución no estaba suficientemente motivada. La administración holandesa volvió a denegar la ampliación, esta vez argumentando que las posibilidades del solicitante de encontrar empleo en Holanda eran mayores y que siguiendo las circulares ministeriales, en principio, la posición de la administración era la denegación de tal prórroga. En este caso, el tribunal de primera instancia consideró correcta la denegación de la Administración, pues existía discrecionalidad. El tribunal que entendía de la apelación del trabajador suspendió el pleito y planteó cuestión prejudicial.
El Reglamento de coordinación establece que la institución competente del abono del desempleo podrá prorrogar el período de 3 meses hasta un máximo de 6 (Rgto CE/883/2004 art.64.1.c). La norma de coordinación no enuncia las circunstancias que han de concurrir para tener derecho a la prórroga. El Reglamento sólo garantiza la exportación inicial y ha de ser el Derecho nacional el que precise las condiciones de concesión de la prórroga hasta un máximo de 6 meses.
Es conforme al Derecho de la UE que la Administración deniegue por principio y motivadamente cualquier solicitud de prórroga, a menos que dicha Administración considere que la denegación de dicha solicitud no daría lugar a un resultado razonable. Aceptando en particular la prórroga: cuando el interesado está inmerso en un proceso de selección que le puede llevar a conseguir un empleo o cuando presenta una declaración de intenciones de un empresario que le ofrece perspectivas reales de contratación en el Estado de exportación de la prórroga.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios