Con efectos desde el 14-2-2019, se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en esta CA, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD e ISD que se devenguen hasta el 31-12-2019, y se establecen las reglas y metodología para su aplicación. Dichos coeficientes se recogen en el Anexo II.
A efectos de la valoración de este tipo de inmuebles, se regula expresamente la utilización de este medio de valoración consistente en la remisión al valor fijado por la CA donde se sitúa el bien. Asimismo, estos valores pueden ser utilizados por los interesados a efectos de conocer qué valor asigna la Administración tributaria a determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana que vayan a ser adquiridos o transmitidos.
NOTA
Si fuera creado un nuevo municipio en Canarias, a este el resultan de aplicación los coeficientes asignados al municipio del que se segregó o al que se incorporó.
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