Como regla general, los acuerdos de aprobación de las ponencias de valores se han de publicar por edicto en la sede electrónica de la Dirección General del Catastro, antes del 1 de julio del año en que se adopten, en caso de ponencias de valores totales (LCI art.27.3).
Para el año 2019 se procede a ampliar este plazo hasta el 31-7-2019.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios