El Consejo Europeo prorroga de nuevo el plazo previsto para la salida de Reino Unido, como máximo hasta el 31-1-2020. De manera que no se produce su salida en la fecha de la prórroga inicial que se cumplía el 31-10-2019 (conforme a la anterior Decisión (UE) 2019/584).
En cualquier caso, la salida puede producirse antes del fin de enero del año que viene. Conforme al TUE art.50.3 y lo establecido en el Acuerdo de Retirada, en el caso de que la UE y Reino Unido finalicen sus respectivos procedimientos de ratificación y notifiquen al depositario la finalización de dichos procedimientos en noviembre de 2019, en diciembre de 2019 o en enero de 2020. En tal supuesto, el Acuerdo de Retirada entrará en vigor, respectivamente:
– el 1-12-2019;
– el 1-1- 2020;
– el 1-2-2020.
La prórroga tiene como finalidad la ratificación del Acuerdo de Retirada y no puede utilizarse con el fin de iniciar negociaciones sobre las relaciones futuras
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