Debido a las novedades introducidas en los pagos fraccionados que se calculan utilizando la segunda modalidad -base imponible del ejercicio- (nº 3395 s. Memento Fiscal 2016), se han modificado los modelos de pagos fraccionados, tanto individuales (202) como de grupos fiscales (222), para que las empresas obligadas a efectuar un pago fraccionado mínimo consignen su cálculo en la declaración.
La modificación tiene efectos desde el 30-9-2016 y es aplicable por primera vez para el pago fraccionado que debe realizarse en los primeros 20 días naturales del mes de octubre de 2016.
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