15
Con efectos a partir del 1-1-2020, los ingresos de participaciones, acciones u otros derechos que otorgan derechos económicos especiales en cualquier tipo de Fondo de Inversión Alternativa, a los que sea de aplicación la regulación de los rendimientos de trabajo prevista al efecto en la norma foral del IRPF (NF Bizkaia 13/2013 art.56.ter), se integran en la base imponible a medida que proceda registrar los gastos correspondientes a su atribución a las personas administradoras, gestoras o empleadas de estas. NF Bizkaia 11/2013 art.54.11 redacc NF Bizkaia 6/2020 art.2.cuatro, BOTHB 27-7-20
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios