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Desde la fecha indicada, y con el objetivo de adaptarlo a las reformas normativas introducidas en el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional -REPEP- (D Canarias 268/2011 art.47 nonies.1 redacc D Canarias 51/2024), se modifica la declaración-resumen anual del IGIC (modelo 425).Así, se habilitan las casillas necesarias para que los sujetos pasivos acogidos al REPEP puedan declarar por separado el volumen de operaciones: – atribuible a la sede, domicilio fiscal o establecimiento permanente en Canarias;- correspondiente a sedes o establecimientos situados fuera de Canarias.Este modelo se empleará para las declaraciones correspondientes al año 2024 y ejercicios posteriores.Canarias Resol 18-11-24EDL 2024/22511, BOCANA 3-12-24
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