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Con efectos desde el 7-11-2024, y como consecuencia directa de los daños causados por la DANA, entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024, se concede una reducción en la cuota del IAE correspondiente al ejercicio 2024 a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad, situados en los municipios afectados (RDL 6/2024 anexo I), hayan resultado dañados, siempre que:- haya sido necesario el realojo; o- se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad.La reducción debe ser proporcional al tiempo transcurrido desde el día del cese de la actividad hasta su reinicio, en los mismos u otros locales, en condiciones de normalidad.Cuando la gravedad de los daños motive el cese en el ejercicio, debe entenderse que este surte efectos desde el día 31-12-2023.La reducción en la cuota del IAE comprende la de los recargos legalmente autorizados sobre el mismo.Si, teniendo derecho a estos beneficios, ya se hubieren satisfecho, puede solicitarse la devolución de las cantidades ingresadas. RDL 6/2024 art.12.2, 3 y 4 y disp.final 5ª, BOE 6-11-24
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