El nuevo Texto se limita a refundir la normativa ya vigente con fines aclaratorios, de regularización y armonización, por lo que se mantienen sin cambios las reducciones en la base imponible del impuesto, la tarifa, los coeficientes de patrimonio preexistente y las bonificaciones de la cuota.
En materia de gestión, tampoco varía la regulación de la presentación telemática de declaraciones, de las obligaciones formales de los notarios y de los registradores de la propiedad y mercantiles, ni de las obligaciones formales de las entidades que realicen subastas en relación con el ITP y AJD.
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