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Notificaciones que no puedan realizarse electrónicamente o en el domicilio del interesado

A partir del 1-6-2015, las notificaciones que no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado se van a practicar exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el BOE (hasta esa fecha se van a seguir practicando en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social situado en dicha sede electrónica).
Fuera de los supuestos indicados, los anuncios, acuerdos, resoluciones y comunicaciones emitidos por la Administración de la Seguridad Social en ejercicio de sus competencias, y cualesquiera otras informaciones de interés general de dicha administración, se van a publicar en el Tablón de Anuncios de la Seguridad Social, situado en su sede electrónica y gestionado por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. Esta publicación tiene carácter complementario con relación a aquellos actos en que una norma exija su publicación por otros medios.

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