Con efectos a partir del 1-1-2016, se introducen las siguientes novedades:
– los fondos de capital riesgo están exentos de todas las operaciones sujetas a la modalidad de OS;
– en los arrendamientos de fincas se aplica el tipo del 4 por 1.000;
– para aplicar el tipo reducido del 5% en la transmisión de viviendas, incluidos los anejos inseparables de ellas, una de las condiciones es que ningún miembro de la unidad familiar sea propietario en el momento de la adquisición de otra vivienda en la Comunidad Foral de Navarra en un porcentaje superior al 25%.
Actualidad jurídica
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