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Modificación de la Ley de comercio minorista de la Región de Murcia

Con efectos desde el 1-1-2013, se modifica la L Murcia 11/2006, sobre el régimen del comercio minorista, directamente afectada por el RDL 19/2012 y el RDL 20/2012, en los siguientes aspectos:
• Se sustituye la licencia administrativa previa por una simple comunicación previa para el ejercicio de las actividades comerciales al por menor realizadas en establecimientos de carácter permanente cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 300 metros
• Se introduce una mayor liberalización de horarios y de apertura comercial tanto en días laborales como en domingos y festivos. Dentro de los días laborables de la semana, el horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales y los días en que se desarrollará la actividad serán libremente acordados por cada comerciante, sin que pueda exceder de 90 horas semanales y, en todo caso, sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral. El número de domingos y días festivos en el que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de 12 días al año. Es obligatoria la exposición de la información sobre horarios de forma perfectamente visible tanto en el interior como en el exterior de establecimiento.
• Las actividades de promoción de ventas podrán simultanearse en un mismo establecimiento comercial, excepto en los supuestos de venta en liquidación, siempre y cuando exista la debida separación entre ellas y se respeten los deberes de información.
Por último, se modifica la composición del Consejo Asesor Regional de Comercio de la Región de Murcia y se prevé la elaboración de un plan de dinamización de carácter bienal y la creación de consejos locales de comercio.

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