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Por OF Araba 661/2018EDL 2018/127352 se aprobaron los modelos de autoliquidación del ITP y AJD y se establecieron las condiciones generales y del procedimiento para su presentación.En cuanto al procedimiento de presentación presencial, se establecía con carácter general y de forma obligatoria la confección de autoliquidaciones modelos 600U, 600R, 600P, 600M, 600S y 630 mediante el programa de ayuda desarrollado por el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Araba. Con carácter excepcional se habilitó la posibilidad de presentar autoliquidaciones en impreso papel, exclusivamente para sujetos pasivos que sean personas físicas y para determinadas operaciones:- operaciones de compraventa que deban liquidarse en los modelos 600U, 600R o 600M;- operaciones de arrendamiento, constitución o cancelación de préstamo personal o hipotecario, o hipoteca que deban liquidarse en el modelo 600P.En el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la OF Araba 661/2018EDL 2018/127352 (29-11-2018) se ha comprobado la utilización generalizada del programa de ayuda como herramienta que facilita a los contribuyentes la confección de las autoliquidaciones y, por lo tanto, el cumplimiento de sus obligaciones formales, lo cual a su vez permite una mayor agilidad en la tramitación y gestión de las autoliquidaciones que se presentan por este impuesto.Por las razones expuestas, y dado que la excepción recogida en la OF Araba 661/2018EDL 2018/127352 se estableció con un carácter temporal, con efectos a partir del 1-9-2020, se suprime todo lo que en ella se regula en relación con la presentación de autoliquidaciones en impreso papel.OF Araba 661/2018 art.1.tres, 2, 5.uno, 8.tres y 10.uno redacc OF Araba 334/2020EDL 2020/22066 art.único, BOTHA 22-7-20
Actualidad jurídica
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