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Medio ambiente. Órganos competentes. Aragón (RIU 3/20 Marzo 2020)

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En medio ambiente se atribuye la competencia en la acción administrativa y la gestión en materia de agricultura, ganadería, agroalimentación, montes, incendios forestales, agua y medio ambiente al departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente. Las principales competencias (relacionadas con el urbanismo y con la ordenación del territorio) son: – consolidar y mejorar las infraestructuras rurales y la modernización de las explotaciones agrarias incluyendo la concentración parcelaria; – vigilar y controlar el cumplimiento de las autorizaciones y condicionados de intervención ambiental y la inspección ambiental, salvo que correspondan a otros departamentos o a otras administraciones (L Aragón 11/2014); – conservar el medio natural: espacios naturales protegidos y utilización racional de los mismos para su desarrollo sostenible; – conservar la biodiversidad, la Red Natura 2000 y la flora y fauna silvestres; – estudio e inventario de los recursos naturales renovables, así como la conservación y mejora de los suelos y la lucha contra la erosión; – determinar y ejecutar la política forestal y la protección, defensa, administración y gestión de los montes, así como la prevención y lucha contra los incendios, plagas y enfermedades forestales; – la gestión y administración de las vías pecuarias; – el fomento de la calidad ambiental; – las actuaciones en relación con los suelos contaminados; – la planificación de residuos y la vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos;- las actuaciones en materia de contaminación atmosférica y calidad del aire y sobre la contaminación acústica; – el desarrollo de las tareas sobre el cambio climático; – la acción administrativa derivada de la legislación para garantizar el acceso a la información y a la participación pública en materia de medio ambiente; – la emisión de los informes ambientales que corresponda emitir a la administración autonómica, salvo los expresamente atribuidos al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; – la tramitación de los procedimientos de responsabilidad medioambiental; – cualesquiera otras que le atribuya el ordenamiento jurídico. Otros órganos son: • Instituto aragonés del agua: ejerce las competencias en materia hídrica de la Comunidad Autónoma de Aragón (L Aragón 10/2014).•Instituto aragonés de gestión ambiental: ejerce las competencias previstas en L Aragón 10/2013. Para el desempeño de las competencias el departamento se estructura en: ÓrganosCompetenciasSecretaría general técnicaDirección, gestión y coordinación de los servicios directamente dependientes de ella.D.G. deproducción agrariaD.G. de desarrollo ruralDirección, planificación y supervisión de los planes y programas para la creación de infraestructuras agrarias: transformación, mejora y creación de regadíos, la concentración parcelaria y la ordenación de explotaciones.D.G. de calidad y seguridad alimentariaD.G. de innovación y promoción agroalimentariaD.G. de medio natural y gestión forestal: • Servicio de planificación y gestión forestal.•Servicio de gestión de los incendios forestales y coordinación.• Servicio de biodiversidad.• Servicio de espacios naturales y Red Natura 2000.- conservación de la biodiversidad, de los espacios protegidos y de la flora y fauna silvestres;- dirección, planificación, coordinación y supervisión de la política forestal: elaboración de instrumentos de planificación;- gestión forestal sostenible;- valorización de los recursos forestales;- defensa de la propiedad pública forestal y de las vías pecuarias; y- estudio, protección y recuperación de los espacios forestales y sus hábitats.D.G. de cambio climático y educación ambiental:• Servicio de planificación ambiental.• Servicio de cambio climático y educación ambiental.• Servicio de suelos contaminados.- planificación, coordinación y supervisión de los planes y programas en materia de fomento de la calidad del aire, suelos contaminados, residuos, contaminación acústica y prevención de impactos asociados a las actividades con repercusión en la calidad ambiental; e- impulso y coordinación en el desarrollo de las acciones en materia de educación ambiental y de cambio climático y la gestión de las operaciones de valorización o eliminación de residuos declaradas servicio público de titularidad autonómica.D Aragón 25/2020, BOA 3-3-20

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