Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Medio ambiente. Murcia

Con la finalidad de adoptar medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad de las actividades en el entorno del Mar Menor y la protección de sus recursos naturales, mediante la eliminación o reducción de las afecciones provocadas por vertidos, arrastres de sedimentos y cualesquiera otros elementos que puedan contener contaminantes perjudiciales para la recuperación de su estado ecológico, se establecen las siguientes normas que se aplican a la laguna costera del Mar Menor, así como a los términos municipales de San Pedro del Pinatar, San Javier, Los Alcázares, Torre Pacheco, Fuente Álamo, Cartagena, La Unión y Murcia que forma parte de la cuenca hidrográfica del Campo de Cartagena vertiente al Mar Menor.
Dentro de las obligaciones generales se diferencian las siguientes:

Zona 1
Las explotaciones agrícolas que incluyan tierras de cultivo deben establecer estructuras vegetales de conservación destinadas a la retención y regulación de aguas, control de escorrentías, absorción de nitratos y protección frente a la erosión del suelo.
Estas estructuras han de consistir en estructuras de barrera, agrupaciones de arbolado en zonas no productivas o marginales de las explotaciones, o áreas destinadas a este fin.
Todas las operaciones de cultivo deben seguir las curvas de nivel según la orografía del terreno y se prohibe el laboreo y cultivo a favor de pendiente.
Se prohibe la aplicación de todo tipo de fertilizantes en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre (100 m medidos tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar).
Zonas 1 y 2
Debe aplicarse, obligatoriamente, el programa de actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario.
Zonas 1, 2 y 3
En todas las zonas el cumplimiento del Código de buenas prácticas agrarias tiene carácter obligatorio.

Los órganos administrativos competentes deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la preferencia en el despacho y la agilidad en la tramitación de los procedimientos que tengan por objeto, contribuyan o incorporen medidas dirigidas a garantizar la sostenibilidad ambiental de las actividades en el entorno del Mar Menor y así lo determine la autoridad competente para la gestión de la Red Natura 2000. En consecuencia, se reducen a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Además la tramitación de urgencia se aplica a los procedimientos de autorizaciones ambientales autonómicas y a los procedimientos de evaluación ambiental de competencia autonómica.
La aprobación por el órgano autonómico competente de los proyectos de las obras hidráulicas implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de los derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres. A estos efectos los proyectos y sus modificaciones deben comprender la determinación de los terrenos, construcciones u otros bienes o derechos que se estime preciso ocupar o adquirir para llevar a cabo su ejecución.

NOTA
La determinación de las zonas se recoge en el DL Murcia 1/2017 Anexo I.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).