La presente resolución tiene por objeto aprobar los planes sectoriales de inspecciones medioambientales para 2017 que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio considere oportuno realizar y, especialmente, las que tienen por objeto actividades e instalaciones con figuras de prevención y control distintas a las autorizaciones ambientales integradas, con el fin de comprobar el cumplimiento de los condicionantes de las autorizaciones, en el caso de que dispongan de autorización expresa.
Pueden ser de dos tipos: las programadas, que son las relativas a instalaciones que han de inspeccionarse con antelación, y las no programadas.
Las causas que pueden determinar su realización son tanto la investigación de denuncias y/o accidentes ambientales, el incumplimiento de normas, las modificaciones sustanciales de las instalaciones o las revisiones de las autorizaciones, entre otras.
En el caso de seleccionarse, excepcionalmente, alguna actuación de las incluidas en L Andalucía 7/2007 disp. trans.6ª ha de verificarse el cumplimiento de los condicionantes establecidos en los instrumentos de prevención, autorizaciones de control y normativa sectorial de calidad ambiental aplicable.
Estos planes han de desarrollarse en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y pueden afectar a las instalaciones, actividades y entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía que, para cada plan, se determine por la dirección general competente.
NOTA
Esta información actualiza el Memento de Urbanismo 2016.
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