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Madrid. Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana

Con efecto 17-7-2018, se modifica la Orden Madrid 23-6-2016, con la finalidad de:
• Adaptar los plazos fijados en la misma a lo dispuesto en RD 106/2018 disp.trans.1ª, ampliando los plazos para la ejecución de las actuaciones del programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas que se ejecuten al amparo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 -incluida su prórroga- hasta el 31-12-2019 y para resolver la concesión de ayudas hasta el 1-10-2019.
• Debido a dicha ampliación de plazo (RD 106/2018 disp.trans.1ª), desaparecen las razones que justificaron la reducción del plazo de presentación de solicitudes, por lo que es vuelve a fijar el plazo inicialmente establecido -3 meses- con el fin de dar tiempo suficiente a todos los propietarios de viviendas incluidas en el área perimetrada en cada una de las áreas para presentar sus solicitudes y que pueda beneficiarse un mayor número de propietarios y alcanzar los objetivos de rehabilitación de viviendas y de reurbanización y regeneración del tejido urbano de las áreas de regeneración y renovación urbana.
• Igualmente, es necesario añadir un nuevo área de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, a las recogidas en Orden Madrid 23-6-2016 art.1, de conformidad con la Orden Madrid 4-8-2017 de modificación de la Orden Madrid 2-10-2015, por la que se declaran las áreas de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas del programa V del RD 233/2013.

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