Se atribuyen al titular de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio las competencias previstas en L Madrid 1/1983 art.41 y, en particular, las relativas a medio ambiente, evaluación ambiental, agricultura, ganadería, desarrollo rural, administración local, urbanismo, estrategia territorial y suelo.
Su estructura orgánica se configura por los siguientes órganos:
Viceconsejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del territorio | Dirección General del Medio Ambiente | a) Conservación del Medio Natural y Espacios Protegidos: – Promoción de la mejora del patrimonio natural – Ordenación y planificación de los recursos naturales y la recopilación y actualización permanente de información para la evaluación y caracterización del medio natural – Ejercicio de competencias en materia de montes, recursos naturales, caza, pesca y aprovechamientos forestales – Seguimiento, desarrollo y revisión del plan forestal y elaboración y seguimiento de los planes de defensa y conservación de los ecosistemas forestales – Planificación, defensa, control y vigilancia de los montes y conservación de los recursos forestales – Ejercicio de las competencias como autoridad de la Red Natura 2000 – Planeamiento, gestión, seguimiento y protección de los espacios naturales protegidos y de embalses y humedales catalogados – Ejercicio de las competencias para la gestión del Parque Nacional Sierra de Guadarrama b) Evaluación ambiental: – Ejercer las competencias como órgano ambiental en los procedimientos de evaluación ambiental estratégica – Emitir informes ambientales sobre el planeamiento urbanístico – Tramitación y resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos y actividades – Tramitación y seguimiento de la autorización ambiental integrada – Administración y gestión del registro de emisiones y transferencias contaminates; actuación como organismo competente en la promoción y fomento de modelos, innovaciones, sistemas e instrumentos voluntarios de gestión ambiental c) Calidad ambiental: – Elaboración y seguimiento de los programas autonómicos de prevención de residuos y de los planes autonómicos de gestión de residuos y contaminación de suelos – Tramitación y resolución de los procedimientos de declaración de suelo contaminado – Administración y gestión del inventario de suelos contaminados – Administración y gestión del Registro de producción y gestión de residuos – Seguimiento y control de las actividades de producción y gestión de los residuos, así como el otorgamiento de la autorización del traslado de residuos – Elaboración y seguimiento de los planes y programas relacionados con la calidad del aire y con el cambio climático – Autorizaciones para las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera – Tramitación, resolución y seguimiento de las autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero – Coordinación con los organismos de gestión del agua d) Inspección y disciplina ambiental: – Inspección y seguimiento de las actividades sujetas a control ambiental – Recepción de las denuncias y tramitación de los expedientes sancionadores incoados por infracciones de la normativa ambiental |
Dirección General de Agricultura y Ganadería | ||
Dirección General de Administración Local | ||
Dirección General de Urbanismo | a) Competencias generales: – Programación, coordinación y ejecución de las líneas de actuación y la elaboración de los proyectos y anteproyectos normativos relativos a su ámbito competencial – Tramitación y resolución de expediente administrativos par ala concesión de autorizaciones y licencias. – Responsable de los ficheros y archivos y representación en órganos colegiados. – Inspección y ejercicio de la potestad sancionadora. b) Urbanismo – Preparación, redacción y propuesta de los instrumentos de ordenación territorial. – Preparación, redacción y propuesta de los informes de impacto territorial. – Estudio y planificación integrada de los distintos sectores que deban considerarse en la planificación territorial. – Colaboración y concertación con otros órganos administrativos. – Formación, actualización y edición topográfica. – Formación de bases de datos urbanísticas y territoriales. – Preparación, redacción y propuesta de resolución de los instrumentos de planeamiento general y de desarrollo cuya iniciativa corresponda a la Comunidad de Madrid así como la tramitación y propuesta de resolución de los instrumentos de planeamiento general y de desarrollo de iniciativa municipal. – Tramitación, elaboración de informes, propuestas de resolución de calificaciones urbanísticas y tramitación y resolución de proyectos de actuaciones especial. – Tramitación, elaboración y propuestas de resolución de otros expedientes en materia de urbanismo. – Registro de los convenios urbanísticos y Registro de los planes de ordenación urbanística. c) Suelo – Planificación, impulso, gestión y coordinación de las políticas de suelo, así como el fomento de estudios en esta materia. – Diseño del sistema de información de suelos disponibles. – Administración y gestión de los bienes y derechos integrantes del patrimonio del suelo. – Gestión de todas las cuestiones relacionadas con el patrimonio del suelo. – Tramitación de los proyectos de expropiación forzosa, retasación y reversión. – Formulación de propuestas necesarias para la preparación y adquisición de suelo. – Valoración de suelo. – Defensa de los intereses autonómicos frente al planeamiento y sistemas de ejecución urbanística. – Programación y gestión de actuaciones públicas de suelo. – Actividades de creación de suelo urbanizado para uso residencial, industrial y de servicios. | |
Secretaría General Técnica |
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