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Se han detectado dos nuevas variantes del virus de la COVID-19 en Brasil y Sudáfrica, que presentan mutaciones de importancia biológica y una mayor capacidad de transmisión, respectivamente.Dado que hay numerosos vuelos entre España y Brasil y que la medida ha sido adoptada en otros países de la UE, para reducir el riesgo de que se introduzca el virus se restringen temporalmente los vuelos desde ambos países a España desde las 09:00 horas del 3-2-2021 hasta las 09:00 horas del 17-2-2021.Excepciones:1. Personal aeronáutico.2. Los vuelos:- que transporten nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra;- que transporten pasajeros en tránsito a un país no Schengen con escala de menos de 24 horas, que no abandonen la zona de tránsito;- de aeronaves del Estado;- de servicios de búsqueda y salvamento (SAR);- con escala en territorio español y destino a otro país, no comerciales;- de carga;- posicionales (ferry);- humanitarios, médicos o de emergencia.3. Cuando lo autorice el Ministerio de Sanidad, de forma puntual y por razones justificadas.OM PCM/79/2021, BOE 3-2-21
Actualidad jurídica
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