Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2016, se introducen tres tipos de cambios para ligar la deducción por creación de empleo con la creación de empleo de calidad:
– para el cómputo de la deducción solamente se tiene en cuenta la plantilla de la empresa con contrato de trabajo indefinido (este requisito no es novedoso), y con un salario superior al SMI incrementado en un 70%;
– se incrementa de 12 a 24 meses el periodo del mantenimiento del empleo para consolidar la deducción;
– la comparación de promedios de plantilla se refiere a los trabajadores con contrato de trabajo indefinido y con salario superior al SMI incrementado en un 70%, no a los promedios de la plantilla total.
Además se sustituye el término trabajador minusválido por trabajador discapacitado, y se remite al RDLeg 1/2013 en cuanto a la regulación de su contratación.
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