Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Información a incluir en la memoria relativa al deterioro del valor de los activos. Fondo de comercio

La información a incluir en la memoria de las cuentas anuales individuales sobre el deterioro del fondo de comercio será la siguiente:
1) Cuando se haya realizado una combinación de negocios, si al cierre del ejercicio alguna parte del fondo de comercio adquirido no ha sido distribuida a ninguna UGE, se indicará el importe y las razones por las que ese importe sobrante no se distribuyó.
2) Cuando una UGE tuviera asignado un fondo de comercio o inmovilizados intangibles con vidas útiles indefinidas, significativos en comparación con los importes totales de estos activos de la empresa, se informará sobre:
a) Los importes en libros.
b) La base sobre la cual ha sido determinado el importe recuperable de la UGE: valor en uso o valor razonable menos los costes de venta.
c) Si el importe recuperable de la UGE estuviera basado en el valor en uso:
– Una descripción de cada hipótesis clave (aquellas a las que el importe recuperable sea más sensible) sobre la cual la dirección ha basado sus proyecciones de flujos de efectivo.
– Enfoque utilizado para determinar los valores asignados a cada hipótesis clave, si estos reflejan la experiencia pasada y si son uniformes con las fuentes de información externas; si no lo fueran, cómo y porqué difieren de la experiencia pasada o de las fuentes de información externas.
– El periodo sobre el cual la dirección ha proyectado los flujos de efectivo y si para una UGE este período es superior a cinco años, se explicarán las causas que justifican ese periodo más largo.
– La tasa de crecimiento empleada para extrapolar las proyecciones de flujos de efectivo más allá del periodo cubierto por los presupuestos o previsiones más recientes. Si se hubiera utilizado una tasa de crecimiento que exceda la tasa media de crecimiento a largo plazo para los productos, industrias, o para el país o países en los cuales opere la empresa, o para el mercado al que la unidad se dedica, se justificará este extremo.
– La tasa o tasas de descuento aplicadas a las proyecciones de flujos de efectivo.
d) Si el importe recuperable de la UGE estuviera basado en el valor razonable menos los costes de venta, la metodología empleada, y si no se hubiera determinado utilizando un precio de mercado observable para la unidad, se revelará también la siguiente información:
– Una descripción de cada hipótesis clave (aquellas a las que el importe recuperable sea más sensible) sobre la cual la dirección ha basado su determinación del valor razonable menos los costes de venta.
– Enfoque utilizado para determinar los valores asignados a cada hipótesis clave, si estos reflejan la experiencia pasada o, si procede, si son coherentes con las fuentes de información externas; si no lo fueran, cómo y porqué difieren de la experiencia pasada o de las fuentes de información externas.
Si el valor razonable menos los costes de venta se determinase utilizando proyecciones de flujos de efectivo descontados, también se revelará la siguiente información:
– El periodo en el que la dirección ha proyectado los flujos de efectivo.
– La tasa de crecimiento utilizada para extrapolar las proyecciones de flujos de efectivo.
– La tasa o tasas de descuento aplicadas a las proyecciones de flujos de efectivo.
En los casos en que un cambio razonablemente posible en una hipótesis clave suponga que el importe en libros de la unidad excede a su importe recuperable, se deberá informar sobre la cantidad por la cual el importe recuperable de la UGE excede a su importe en libros, el valor asignado a la o las hipótesis clave y el que conllevaría que se igualara el importe recuperable y el importe en libros. En caso contrario, deberá indicarse expresamente que no existe ningún cambio razonablemente posible que suponga el registro de un deterioro de valor.
En aquellas situaciones en las que todo o parte del importe en libros del fondo de comercio, o de los activos intangibles con vidas útiles indefinidas, haya sido distribuido entre múltiples UGE, de forma que el importe atribuido no sea significativo en comparación con el importe en libros total del fondo de comercio o de los activos intangibles con vidas útiles indefinidas de la empresa, se revelará ese hecho junto con la suma del importe en libros del fondo de comercio o activos intangibles con vidas útiles indefinidas atribuido a tales unidades. Si esta última fuera significativa, se deberá incluir información similar a la expuesta para las UGE que individualmente tengan asignados fondos de comercio o intangibles de vida útil indefinida significativos.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).