La cuestión a resolver es la de determinar si es ajustada a derecho la resolución judicial que tiene por desistida a la parte actora que no comparece en el juzgado a la hora señalada para los actos de conciliación y juicio.
En el caso examinado, la letrada del trabajador demandante no acude al acto de conciliación ni al juicio sin manifestar justa causa, por lo que se le tiene por desistido. Posteriormente impugna la resolución judicial alegando que le resultó imposible asistir porque tenía otro señalamiento 20 minutos antes ante otro juzgado, en la planta superior del mismo edificio judicial, al que sí acudió. No obstante, queda probado que el primero de los actos judiciales finalizó media hora antes de que se levantara el acta de incomparecencia en el segundo, sin que en todo este tiempo existiera razón alguna que pudiera justificar el hecho de que la letrada no acudiera a la planta inferior del mismo edificio o se hubiera puesto en contacto con el órgano judicial a través de cualquier otro medio.
Recuerda el TS que en caso de coincidencia de señalamientos sólo procede la suspensión del acto juidicial y el señalamiento de nueva fecha para su celebración cuando el letrado así lo notifique en tiempo y forma. Aún admitiendo que no hubiera interesado anticipadamente la suspensión de la vista porque supusiera que tenía tiempo para acudir a los dos actos judiciales, el hecho de dejar transcurrir más de 30 minutos sin notificar al juzgado la situación, refleja la desidia de la interesada que no actúa con la debida diligencia y necesaria buena fe. Por ello, su incomparecencia al acto de conciliación y juicio debe considerarse injustificada y, en consecuencia, tener al actor por desistido de su demanda.
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