Desde el 1-1-2017 los tipos de gravamen aplicables en este impuesto son los siguientes
Labores del ILT | Tipo de gravamen | Precio de referencia |
---|---|---|
Epígrafe 1: Cigarros y cigarritos | 2% | |
Epígrafe 2: Cigarrillos | 33 €/1.000 cigarrillos 50€/1.000 cigarrillos cuando el precio medio ponderado de venta real (PMPVR) sea inferior al precio de referencia | 75 €/1.000 cigarrillos Si es tabaco negro 61 €/1.000 cigarrillos |
Epígrafe 3: Picadura para liar rubia | 40 €/Kg 57€/kg cuando el PMPVR sea inferior al precio de referencia | 95 € /Kg |
Epígrafe 4: Picadura para liar negra | 10 €/Kg 27 €/kg cuando el PMPVR sea inferior al precio de referencia | 38 € /Kg |
Epígrafe 5: Demás labores del tabaco | 5% |
No obstante durante el año 2017 y respecto a los cigarrillos de tabaco negro, están gravados al tipo de 2,8 €/1.000 cigarrillos, tipo de gravamen que se mantendrá durante el periodo 2018 a 2020 ; a partir del 1-1-2021 se incrementa anualmente en un tipo del 10% del tipo establecido hasta alcanzar el establecido en LILT art.12.1 epígrafe 2.
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