Al tiempo de situarse en excedencia voluntaria, el trabajador ocupaba el puesto de director de marketing y, cuando solicita su reincorporación, la empresa le ofrece dos plazas de jefe alegando que no tiene vacantes de su mismo grupo y que aquéllas se ajustan a su perfil profesional.
La sentencia de primera instancia, confirmada posteriormente en suplicación, declara el derecho del trabajador a ser reintegrado en su puesto o uno similar al que ocupaba antes como director.
El TS, que desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa por falta de contradicción, declara que, cuando no se oferta plaza adecuada a la categoría del trabajador que reingresa de una excedencia, no puede entenderse que el trabajador acepte su dimisión y el decaimiento de su derecho al reingreso. Corresponde a la empresa probar la inexistencia de vacantes y que las que se habían ofertado eran adecuadas y la negativa del trabajador infundada.
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